REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
201° y 152°
Asunto: AP51-V-2007-017274.
Motivo: Inquisición de Paternidad.
Demandante: Rose Mary Magallanes Lobo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.348.197.
Abogada Asistente: Viviany del Carmen Peña López, Defensora Pública Séptima.
Demandado: Ramón Ernesto Colmenares Barrientos, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-8.991.081.
Abogados Asistentes: Lucibell Colmenares Mogollón y Ernesto Bastardo Sosa, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 107.253 y 59.483, respectivamente.
Niño/Adolescente: Se omiten sus datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA.
Recibido del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de éste Circuito Judicial, se le dio entrada y se fijó la audiencia de juicio por auto de fecha 07 de Junio de 2011.
Se inicia el presente juicio mediante demanda de Inquisición de Paternidad, incoada por Rose Mary Magallanes Lobo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.348.197, contra Ramón Ernesto Colmenares Barrientos, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-8.991.081, a favor de la adolescente (Se omiten sus datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA). En fecha 18/07/2011, se fijó oportunidad para la audiencia de juicio, comparecieron la parte actora sus representantes y la parte demandada con sus apoderados. Alegó la parte accionante que el ciudadano Ramón Ernesto Colmenares Barrientos, se niega a reconocer a la joven Glenys Andrea Mosquera, desde el momento de su gestación. La actora evacuó como documentales: 1) El acta de nacimiento número 1148 emanada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital de fecha 17 de Octubre de 1995, el cual se le concede pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 del Código Civil, por tratarse de un documento público emanado de un funcionario autorizado que da fe pública de su contenido. Experticia de ADN emanada del Laboratorio de Identificación Genética del Cuerpo Técnico de Investigación Científica Penales y Criminalistica, arrojando el 99,99% la paternidad del ciudadano Ramón Ernesto Colmenares Barrientos, el cual se le concede pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 1357 del Código Civil, por tratarse de un documento público emanado de un funcionario autorizado que da fe pública de su contenido. A las testimoniales evacuadas, no se les da valor probatorio alguno, en virtud de que sus dichos todos no guardaron relación con la Inquisición demandada, sino por supuestas relaciones de pareja que fueron desvirtuadas en el contradictorio. Por otra parte se observó que la parte demandada si bien es cierto oporto pruebas no desvirtuó tal pretensión; y así se decide.
En fuerza de todo lo anterior, este Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la demanda de Inquisición de Paternidad, incoada por la ciudadana Rose Mary Magallanes Lobo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.348.197, contra el ciudadano Ramón Ernesto Colmenares Barrientos, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-8.991.081, en beneficio de (Se omiten sus datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA). En virtud del presente fallo, se ordena la rectificación de la partida de nacimiento número 1148 de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital de fecha 17 de Octubre de 1995, en el sentido de que se agregue a la misma que el progenitor biológico de (Se omiten sus datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), es el ciudadano Ramón Ernesto Colmenares Barrientos, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-8.991.081; y así se decide.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en la sala de audiencias del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los veintinueve días del mes de Septiembre de dos mil once. Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
En la misma fecha y hora se publicó la anterior Sentencia.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
ER/LO/piñate.
AP51-V-2005-017274.