REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de septiembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-V-2011-001992

Vistos.
Habida consideración que de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de Cumplimiento de Contrato, intentada por la ciudadano MARLEN COROMOTO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.919.085, debidamente asistida por la Abogada TARCISIO FILIBERTO PEÑA inscrita en el IPSA bajo el N° 138.702 contra La Compañía de Seguros INTERBANK SEGUROS S.A, en la persona de su Gerente ciudadana EMILY ECHEVERRIA, venezolano, mayor, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la cuantía. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara.-

La Juez


Mariluz Josefina Perez




La Secretaria


Eliana Gisela Hernández Silva



MJP/Milagro