REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 201º y 152º

ASUNTO: KP02-L-2010-1286

PARTE ACTORA: MAYANNA GRACIA, CELESTE AGUILAR, ROSHYLDE ROJAS y ALESSANDRA FRANCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.792.891, 15.004.843, 10.960.368 y 17.993.963 respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: BEATRIZ MENDEZ y GUSTAVO ADOLFO DUARTE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 104.135 y 108.299 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: INVERGROUP C.A Y SOLIDARIAMENTE A LOS CIUDADANOS ALIX COROMOTO SUAREZ y ALEJANDRO FILOMENO SPATAFOR.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA


En fecha 13 de agosto de 2011 se recibió por ante este Juzgado, demanda de cobro de prestaciones sociales, interpuesta por los ciudadanos MAYANNA GRACIA, CELESTE AGUILAR, ROSHYLDE ROJAS y ALESSANDRA FRANCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.792.891, 15.004.843, 10.960.368 y 17.993.963 respectivamente, este Tribunal procede admitirla en fecha 01 de noviembre de 2010, librando el respectivos Carteles de Notificación a las partes demandadas INVERGROUP C.A., en la persona de los ciudadanos ALIX COROMOTO SUAREZ y ALEJANDRO FILOMENO SPATAFOR en su condición de Representantes Legales y solidariamente a los ciudadanos antes mencionados, a los efectos de la celebración de la audiencia preliminar.

El 20 de septiembre de 2011, que la abogada BEATRIZ MENDEZ, apoderada judicial de la parte demandante ciudadanos MAYANNA GRACIA, CELESTE AGUILAR, ROSHYLDE ROJAS y ALESSANDRA FRANCA, presenta diligencia mediante la cual expone: “…DESISTO FORMALMENTE DEL PROCEDIMIENTO, EN CONTRA DE UNO DE LOS DEMANDADOS SOLIDARIAMENTE, CIUDADANO ALEJANDRO FILOMENO SPATAFOR.…”

En tal sentido, quien Juzga luego de haber verificado que la parte actora ciudadanos MAYANNA GRACIA, CELESTE AGUILAR, ROSHYLDE ROJAS y ALESSANDRA FRANCA, desisten de manera voluntaria del presente procedimiento se acuerda homologar el desistimiento solicitado. Y así lo declara.
DECISION

Ante lo expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

UNICO: Homologar el desistimiento respecto al demandado solidariamente, ciudadano ALEJANDRO FILOMENO SPATAFOR y como consecuencia de ello, la extinción del procedimiento, con respecto solo a esta demandada, siguiendo el procedimiento en cuanto a la empresa INVERGROUP C.A y la ciudadana ALIX COROMOTO SUAREZ. Así se decide.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.



Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
Juez

Abg. Manuel García
Secretario

Nota: En esta misma fecha (22/09/2011) se publicó la presente decisión.-

Abg. Manuel García
Secretario