En horas de despacho del día de hoy, VEINTINUEVE (29) de Septiembre de dos mil Once (2011), siendo las 4:20 de la tarde, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, previa habilitación del tiempo necesario de conformidad con lo previsto en el artículo 193 del Código de Procedimiento Civil, acordado como fue en auto de esta misma fecha, en la sede de la demandada SOCIEDAD DE COMERCIO DROGUERIA EL VIÑEDO, C.A. DROVICA., ubicada en la Avenida Dr. Carlos Sanda, casa N° 101-67, Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de los Abogados MARIA GABRIELA AULAR y ARNALDO MORENO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro. 135.487 y 19.186, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad de Comercio UNITED PHARMA, C.A., a fin de continuar con la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el comitente.- Presente la ciudadana MAYERLING ZAMBRANO, titular de la Cédula de Identidad N° 10.867.242, en su carácter de Gerente de Cuentas por Pagar, se le notificó de la misión a realizar. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión policial (2 funcionarios) a cargo de la Sargento Segundo Carmen Esqueda, Placa N° 2422. La notificada manifestó que la representante legal de la demandada venía en camino. Se hace presente la Abogada Griselda Anais Velásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 24.871, en su carácter de Apoderada Judicial de la demandada DROGUERIA EL VIÑEDO DROVICA, C.A., según consta de poder autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de Valencia en fecha Ocho (8) de Julio de Dos mil Diez (2010), quedando inserto bajo el N° 11, Tomo 336, de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa Notaría, el cual consigna en copia simple, para ser agregado a los autos, se le notificó de la misión a realizar y expone: En nombre de mi representada me doy por citada, renuncio al lapso de comparecencia y por cuanto son ciertos los hechos expuestos ofrezco a la parte actora la celebración de una TRANSACCION JUDICIAL la cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERO: Reconozco adeudar a la parte actora la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 1.221.734,90), que representan el monto total de la deuda más los intereses moratorios, igualmente acepto pagar por concepto de costas y honorarios la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) para un total de UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 1.421.734,90); SEGUNDO: Dicha suma se compromete a pagar mi representada de la siguiente manera: 1) En este acto la suma de CUATROCIENTOS OCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 408.162,08) , discriminados de la siguiente manera: A) CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) que mi representada depositó el día Viernes 29 de Septiembre de 2011, en la cuenta corriente N° 0134-0359-783591047204, de Banesco Banco Universal cuyo titular es UNITED PHARMA, C.A.; B) La suma de DOSCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON VEINTOCHO CENTIMOS (Bs. 202.468,28), que es la totalidad del crédito que fue embargado en el día de hoy en C.A. ESCULAPIO, para lo cual solicito del Tribunal de la causa oficie a dicho centro asistencial una vez homologada la Transacción para que los cheques se emitan a favor de UNITED PHARMA, C.A.; C) La suma de NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO DOCE BOLIVARES (Bs. 96.112,00) que fueron embargados en el día de hoy en Banesco banco universal sobre la cuenta corriente de mi representada, para lo cual solicito del comitente que una vez sea homologada la presente transacción le sea entregada dicha cantidad a la demandante; D) La cantidad de NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 9.581,80), que es la totalidad del crédito que fue embargado en el día de hoy en CENTRO POLICLINICO VALENCIA, C.A., para lo cual solicito del Tribunal de la causa oficie a dicho centro asistencial una vez homologada la Transacción para que el cheque se sea emitido a favor de UNITED PHARMA, C.A.; 2) Para el Primero (1) de Noviembre de 2011 la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00); 3) Para el 30 de Noviembre de 2011 la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00); 4) Para el 30 de Diciembre de 2011 la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00); 5) Para el 31 de Enero de 2012 la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00); 6) Para el 29 de Febrero de 2012 la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 180.000,00); 7) Para el 30 de Marzo de 2012 la cantidad de CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 113.572,90). Queda entendido que todos los pagos ofrecidos y discriminados en los numerales 2 al 7, serán efectuados en la sede de mi representada a las 2:00 de la tarde, retirados por parte de la demandante mediante sus apoderados judiciales. Interviene la parte actora y expone: Visto el ofrecimiento de pago hecho por la parte demandada y la transacción celebrada lo aceptamos en todos los términos planteados y solicitamos de este Tribunal ejecutor se abstenga de continuar con la medida de Embargo Ejecutivo. Ambas partes solicitamos la homologación de la presente transacción al comitente, y conviene que la falta de pago de una de las cuotas es causal de ejecución de la obligación por plazo vencido. El Tribunal vista la transacción celebrada y solicitado como ha sido por la parte actora se abstiene de continuar embargando bienes propiedad de la demandada. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 6:00 de la tarde el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (fdo. firma ilegible). DRA. NINOSHKA ZAVALA. LA PARTE ACTORA, (fdo. firma ilegible). LA NOTIFICADA, (fdo. firma ilegible). LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA, (Fdo. firma ilegible). LA FUNCIONARIA POLICIAL, (fdo. firma ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. firma ilegible).ABG. ZORKA CARBONELL
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