REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de abril de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2012-000214
Visto el anterior escrito de transacción, suscrito por la Abogada LOANNY CHAVEZ I.P.S.A. N° 134.298, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, por una parte, y por la otra el Abogado JUAN NETO, I.P.S.A. N° 117.066, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE MORENO, C.I. N° 6.028.975, mediante el cual celebran Transacción en el presente asunto, y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque identificado con el N° 35149543, girado contra Banesco Banco Universal, por la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON 79/100 CENTIMOS (BS. 2.795,79), a nombre del ciudadano: JOSE MORENO, parte Actora en el presente procedimiento.-
En consecuencia, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN dicha transacción en los términos en que fue expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada, dejándose constancia que hasta que no conste en autos el último de los pagos acordados por las partes, no se procederá a dar por terminado el expediente.- ASÍ SE DECIDE.
El Juez
La Secretaria
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
Abg. Diraima Virguez
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