REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de abril de 2012
201º y 153º

Vista la boleta de intimación librada en fecha 01 de febrero del 2.012, a la empresa “VENINFOTEL COMUNICACIONES (VITCOM), C.A”, cursante en este Tribunal bajo el Asunto N° AP41-U-2012-00031, a fin de notificar la demanda por Juicio Ejecutivo contra la mencionada recurrente, presentado por los ciudadanos William Peña y Yurley Thamara Sánchez, abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 39.761 y 75.803, respectivamente, actuando en su carácter de sustitutos de la ciudadana Procuradora General de la Republica, por la cantidad de un mil ciento setenta y siete con cuarenta y seis Unidades Tributarias (1.177,46 U.T), calculada en cincuenta y cinco bolívares fuertes con cero céntimos (Bs.F 55,00), lo que equivale a sesenta y cuatro mil setecientos sesenta bolívares fuertes con tres céntimos (Bs.F 64.760,3) por concepto de multa, y la cantidad de dos mil trescientos sesenta y dos bolívares fuertes con noventa y seis céntimos (Bs.F 2.372,96) par concepto de intereses moratorios. Visto así mismo la diligencia de fecha 03/04/2012, suscrita por la ciudadana Erika Cornilliac Malaret, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 131.177, actuando en su carácter de apoderada judicial de la referida empresa, en la que se da por notificada en forma tacita de la boleta de intimación librada en fecha 01/02/2012, en consecuencia este órgano jurisdiccional deja sin efecto la referida boleta de intimación por cuanto la mencionada recurrente se da por notificada tacitamente.
El Juez Titular,

Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto N° AP41-U-2012-00031
RCJ/HERE/agl.