Asunto: AP41-U-2012-000005 Sentencia Interlocutoria: 054/2012
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 27 de Abril de 2012
202º y 153º
Visto el Escrito de Promoción de pruebas en el presente juicio, por el ciudadano Eduardo J. Ruiz Dayek, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 154.780, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INSDUSTRIAS NOPAL, S.A. promoviendo las siguientes pruebas documentales:
N° de forma Fecha de pago Monto en Bs. Periodo Impositivo Identificación de anexo
1090051829 29-JUN-2011 63.090,35 01/01/2010 al 15/01/2010 1
1090084532 29-JUN-2011 36.607,74 16/01/2010 al 31/01/2010 2
1090102744 29-JUN-2011 34.781,27 01/02/2010 al 15/02/2010 3
1090129028 29-JUN-2011 25.621,09 16/02/2010 al 28/02/2010 4
1090171717 29-JUN-2011 156.757,23 01/03/2010 al 15/03/2010 5
1090213099 29-JUN-2011 17.045,10 16/03/2010 al 31/03/2010 6
Y Exhibición de Documentos, este Juzgado las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes. En consecuencia este Tribunal de conformidad con el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de lo solicitado en el Capitulo III del Escrito de Promoción de Pruebas ordena oficiar a la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines del envío de los comprobantes de pago. Líbrese oficio.
El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
El Juez,
Raúl Gustavo Márquez Barroso La Secretaria,
Bárbara Vásquez Parraga.
Asunto: AP41-U-2012-000005
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