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Asunto: AP41-U-2012-000005                        Sentencia Interlocutoria: 054/2012
 
 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 27 de Abril de 2012
 202º y 153º
 
 Visto el Escrito de Promoción de pruebas en el presente juicio, por el ciudadano Eduardo J. Ruiz Dayek, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 154.780, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INSDUSTRIAS NOPAL, S.A. promoviendo las siguientes pruebas documentales:
 
 N° de forma	Fecha de pago	Monto en Bs.	Periodo Impositivo	Identificación de anexo
 1090051829	29-JUN-2011	63.090,35	01/01/2010 al 15/01/2010	1
 1090084532	29-JUN-2011	36.607,74	16/01/2010 al 31/01/2010	2
 1090102744	29-JUN-2011	34.781,27	01/02/2010 al 15/02/2010	3
 1090129028	29-JUN-2011	25.621,09	16/02/2010 al 28/02/2010	4
 1090171717	29-JUN-2011	156.757,23	01/03/2010 al 15/03/2010	5
 1090213099	29-JUN-2011	17.045,10	16/03/2010 al 31/03/2010	6
 
 Y Exhibición de Documentos, este Juzgado las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes. En consecuencia este Tribunal de conformidad con el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de lo solicitado en el Capitulo III del Escrito de Promoción de Pruebas ordena oficiar a la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes  Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines del envío de los comprobantes de pago. Líbrese oficio.
 
 El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
 
 El Juez,
 
 
 Raúl Gustavo Márquez Barroso                              La Secretaria,
 
 
 Bárbara Vásquez Parraga.
 
 Asunto: AP41-U-2012-000005
 
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