REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 18 de Abril de 2012
201º y 153º
Asunto: AH1A-F-1994-000001
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, se observan las siguientes actuaciones:
Por diligencia de fecha 28 de Marzo de 2012 (cursante al folio 401 al 403, ambos inclusive, del presente expediente), compareció el abogado Nimel Urquia, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.820, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual consigna copia certificada del Acta de Defunción Nº 110, expedida por la Registro Civil del Municipio el Hatillo del Estado Miranda, en fecha 28 de Noviembre de 2006, del ciudadano MIGUEL VILLAVICENCIO LAMEDA, quien en vida fuera, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 1.885.321, parte Co-demandada en el presente juicio.-
Ante la anterior situación narrada, corresponde a este Tribunal pronunciarse para la continuación de la causa, y a tal efecto observa el contenido del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, que establece lo siguiente:
“La muerte de la parte desde que se haga constar en el expediente, suspenderá el curso de la causa mientras se cite a los herederos”.
Ahora bien, del contenido de la norma citada, se evidencia que el Legislador previó que lo procedente para estos casos, es la suspensión del proceso por muerte de alguno de los litigantes, y citar a la totalidad de los herederos, en consecuencia se SUSPENDE la presente causa de acuerdo a lo previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto conste en autos la citación de los herederos conocidos y desconocidos del De Cujus MIGUEL VILLAVICENCIO LAMEDA, en el presente juicio que por PARTICIÓN DE HERENCIA ha incoado en su contra la ciudadana Maria de la Trinidad Villavicencio y contra los ciudadanos CARLOS VILLAVICENCIO VERDI, REINALDO VILLAVICENCIO VERDI, GABRIEL VILLAVICENCIO VERDI, BETSABETH VILLAVICENCIO VERDI ZENAIDA VILLAVICENCIO RANGEL Y ABEL VILLAVICENCIO RANGEL. Cúmplase.
EL JUEZ,

Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ.
LA SECRETARIA,

Abg. JENNY GONZÁLEZ FRANQUIS.
Asunto: AH1A-F-1994-000001
LEGS/JGF/Alberto R.-