REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 30 de Abril de 2012
Año 201° y 153°
ASUNTO N°: AP21-S-2012-000650
Vista la transacción presentada en fecha 26 de Abril de 2012, suscrita por la parte Oferida, ciudadana GEORGINA DE FATIMA MORILLO GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 5.634.583, asistida por el abogado MAIR ALMALEH, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 44.067, por una parte y por la otra el abogado GERARDO HENRIQUEZ CARABAÑO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 36.225, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00), cancelados mediante cheque Nº 03138603, del Banco Banesco, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA
NELLY BOLIVAR
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