REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo
Punto Fijo, tres de abril de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO : IP31-J-2012-000290

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Revisada la presente solicitud de AUTORIZACIÓN PARA COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE y los recaudos que la acompañan, presentada por el ciudadano ROMER ORLANDO GONZALEZ ALVIAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.786.497, a favor de la niña (SE OMITE NOMBRE), debidamente asistido por el abogado JOSE MANUEL VASQUEZ MARCANO, inscrito ante el IPSA, bajo el Nº 95.390. En consecuencia este Despacho Judicial de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ADMITE.

PARTE MOTIVA
Refiere el escrito libelar presentado ante este Tribunal, que la niña (SE OMITE NOMBRE), es hija de los ciudadanos ROMER ORLANDO GONZALEZ ALVIAREZ y MAYERLIN DEL CARMEN CABRERA MORA, fallecida en fecha 22 de enero del año 2011, como evidencia el Acta de Defunción, y que para la fecha del fallecimiento de la madre de la niña antes mencionada, ciudadana: MAYERLIN DEL CARMEN CABRERA MORA, prestaba sus servicios al Ministerio del Poder Popular de Educación, es por lo que solicita AUTORIZACIÓN de este Tribunal, para que el padre de la niña ya mencionada, ciudadano ROMER ORLANDO GONZALEZ ALVIAREZ, tramite el cobro de las cantidades de dinero que le corresponden a su hija por concepto de pasivos laborales, prestaciones sociales, otros conceptos laborales y cualquier otro beneficio, ya que va en beneficio de la niña antes mencionada.

PARTE DISPOSITIVA
Vistos todos los documentos públicos producidos con los que se consideran los extremos legales de la Ley este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente al ciudadano: ROMER ORLANDO GONZALEZ ALVIAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.786.497, padre de la niña: (SE OMITE NOMBRE), para que en nombre de éste, proceda a tramitar el cobro de las cantidades de dinero que le pertenecen por concepto de pasivos laborales, prestaciones sociales, otros conceptos laborales y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderle a su hija por el fallecimiento de su madre la ciudadana: MAYERLIN DEL CARMEN CABRERA MORA, cédula de identidad Nº 10.614.587. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte de la niña, deberá ser remitida al Tribunal, en cheque de gerencia a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de la misma. Expídase por Secretaria, Copia Certificada de ésta AUTORIZACIÓN y entréguese a la parte interesada para que surta los efectos que persigue.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado, en el despacho de la Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, a los tres (03) días del mes de abril del año dos mil doce (2012).-

ABG. JENNY RODRÍGUEZ LAMÓN
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

EL SECRETARIO,
ABG. IGNACIO HIDALGO