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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DE TRANSICIÓN
 
 ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2012-002865
 
 MOTIVO: MODIFICACION DE CUSTODIA.
 
 DEMANDANTE: FRANCISCO JAVIER GUDIÑO LUCENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.676.816.
 
 DEMANDADO: ISOL KARINA BENITEZ MOROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.351.402.
 
 SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
 
 DESISTIMIENTO.
 
 Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto con motivo de MODIFICACION DE CUSTODIA, presentada por el ciudadano , FRANCISCO JAVIER GUDIÑO LUCENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.676.816, en contra de la ciudadana ISOL KARINA BENITEZ MOROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.351.402, este Tribunal, observa del acta de fecha 27/04/2012 (f. 17), que la parte actora no comparecieron a la Audiencia de Mediación fijada mediante auto dictado en fecha 12/04/2012; razón por la cual esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se le advierte a la solicitante, que no podrá intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
 LA JUEZ
 
 
 Abg.LISBETH KARINA MARTIN SIMOZA.
 EL SECRETARIO,
 
 ABG. LUIS MORALES
 
 
 LKMS/LM/HERIBERTO MEDINA.
 
 
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