REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Sexto en Función de Control
Barquisimeto, 3 de Abril de 20123
Años: 201° y 152°
ORDEN DE APEHNCION
ASUNTO KP01-P-2012.-002451
Vista la solicitud presentada ante este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por El Abogado: Jose Elegno Mora Molina actuando con el carácter de Fiscal décimo de Ministerio Publico de la circunscripción judicial del estado Lara, con fundamento a lo establecido en los articulo 285 numeral 3º de la constitución De la republica Bolivariana de Venezuela 16 numeral 18º y 37º de la Ley orgánica del ministerio publico 108 ordinal 10 y 11 250 ultima aparte del código orgánico procesal penal donde solicita se le expida ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL en contra del ciudadano: Manuel Antonio Rea Cordero titular de la cedula V-16.868.295 quien se encuentran incurso en los Delitos de :Homicidio Calificado , previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del codigo penal .
Este Tribunal Sexto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace el Siguiente Pronunciamiento: En referencia al ciudadano: Manuel Antonio Rea Cordero titular de la cedula V-16.868.295 se le atribuye la comisión de los siguientes hechos:
Hechos
Se recibieron por ante este despacho trascripción de novedad de fecha 29-10-2011 donde deja constancia que recibe llamadas telefónica de la central de telecomunicaciones de la policía del estado Lara informando que en la calle 21 entre carrera 4 y 5 del barrio pueblo nuevo vía publica de esta ciudad se encuentra el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino presentado heridas producidas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, desconociéndose mas detalles al respecto.
Luego los funcionarios adscrito al CICPC Lara deja constancia que en la diligencia de investigación y según la declaración dada por los testigos presénciales del hechos manifiesta que la persona que le dio muerte al hoy occiso Landaeta Sanoja Gian Carlos es el ciudadano apodado como el choco palmera; identificado plenamente como Manuel Antonio Real Cordero venezolano natural de Barquisimeto estado Lara de 26 años de edad de fecha 25-10-1984 de estado civil soltero cedula de identidad 16. 868.295
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA LA ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL del ciudadano: Manuel Antonio Rea Cordero titular de la cedula V-16.868.295 ,quien se encuentran incurso en los Delitos de: Homicidio Calificado , previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del codigo penal
Así se Declara. Líbrese los correspondientes Oficios. Notifíquese al Fiscal Noveno del Ministerio Público de la circunscripción judicial del estado Lara del Ofíciese a los Organismo de seguridad del estado
ABG Oswaldo José González Araque .
JUEZ SEXTO EN FUNCIONES DE CONTROL
LA SECRETARIA.