REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 30 de Abril de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-002308
ASUNTO : KP01-P-2011-002308
Revisado como ha sido el presnete asunto con ocasión del escrito presentado por el defensor de confianza del ciudadano JOSE ALBERTO ROVAS RAMIREZ, cédula de identidad nº 14.952.528, Abogado Omar Flores, en el que solicita el decaimiento de la medida de coerción personal impuesta a su representado, este tribunal de Control nº 9 emite el siguiente pronunciamiento:
1.- El ciudadano JOSE ALBERTO ROVAS RAMIREZ, cédula de identidad nº 14.952.528, está siendo procesado por la presunta comisión del delito de Hurto Simple, el cual merece pena privativa de libertad y no está evidentemente prescrito.
2.- En audiencia de fecha 20 de febrero de 2011, le fue impuesta la medida de coerción personal consistente en la obligación de presentarse periódicamente una vez cada treinta (30) días, lo cual no ha cumplido a cabalidad, siendo que el ciudadano JOSE ALBERTO ROVAS RAMIREZ, cédula de identidad nº 14.952.528 se presentó por última vez, el día 25 de enero de 2012, sin que conste en autos revisión alguna de la medida cautelar impuesta. En este sentido, se observa manifiestamente el desapego al proceso. Por otra parte, se revisó el sistema informático Juris 2000 y el mencionado ciudadano presenta los asuntos KJ01-P-2010-68 y KP01-P-2009-7993, el los cuales tampoco cumple con el régimen impuesto, por lo que demuestra su reticencia a someterse a los procesos penales que se le siguen, en consecuencia, se niega el decaimiento de la medida solicitado por la defensa y se ordena notificar al ciudadano JOSE ALBERTO ROVAS RAMIREZ, cédula de identidad nº 14.952.528, que deberán comenzar a cumplir nuevamente con el régimen de presentaciones una vez sean notificados, en caso contrario se librará la correspondiente orden de aprehensión a nivel nacional. Cúmplase.
La Juez
Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
La Secretaria