REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
201º y 152º
Barquisimeto, 11 de Abril de 2012

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-001669
“NEGATIVA DE SOLICITUD DE DECAIMIENTO DE MEDIDA”:
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada, por el acusado, DEIVIS PASTOR PIÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.502.019, en la cual solicita que se le imponga una Medida Cautelar Sustitutiva de la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que riela a los folios (43 al 48) de la primera pieza, Audiencia en conformidad con el 373 del Código Orgánico Procesal Penal del imputado en donde el Ministerio Público precalifico los hechos por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 06, numerales 1, 2, y 3 y 8 de la Ley Sobre Hurto Y Robo de Vehiculo Automotor y 174 del código penal Venezolano respectivamente. Como se puede apreciar las circunstancias por las cuales se le decreto la privación de libertad al imputado de marras no han variado. Motivo por el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE DECAIMIENTO DE MEDIDA, efectuada en fecha 30/03/12 por el ciudadano DEIVIS PASTOR PIÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.502.019.



DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE DECAIMIENTO DE MEDIDA, a favor del ciudadano DEIVIS PASTOR PIÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.502.019.
Notifíquese, Regístrese y Cúmplase.-

JUEZ SEXTO DE JUICIO

ABOG. MARISOL LOPEZ GONZALEZ

SECRETARIO (A)