REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece (13) de abril de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ASUNTO: KP02-L-2010-001708
En horas del día de hoy, 13 de abril de 2012, siendo las 11:00 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se anunció dicho acto por el alguacil Cesar Alvarado en la sala de comparecencia de los Juzgados con las formalidades de Ley, no compareciendo la parte actora ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno y comparece solo el abogado Francesco Civiletto inscrita en el IPSA bajo el numero 104.142 apoderado de la parte demandada, en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR ROSANNY PARRA EN CONTRA TECNI CIENCIA LIBROS 25 C.A y así, SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. ASÍ SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Segundo (2) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En 13 de Abril del año 2012. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación
EL JUEZ
MÓNICA QUINTERO
LA SECRETARIA
ALBA ARANGUREN
ALGUACIL
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
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