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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, 13 de agosto de 2012
 202° y 153°
 
 ASUNTO N°: AP21-S-2012-001539
 PARTE ACTORA: INVERSIONES R.6 99, C.A.
 APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Jesus Leopoldo
 PARTE OFERIDA: JESUS RIVERO
 APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
 MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
 
 Visto el escrito de Transacción de fecha 10 de agosto de 2012, suscrito por los ciudadanos Jesus Leopoldo, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.802, representante legal de INVERSIONES R.6 99, C.A., parte oferente y por la otra parte el ciudadano JESUS RIVERO, titular de la cedula de identidad numero V-20.006.602, parte oferida, asistida en este acto por el Abogado Noslen Tovar, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 112.059, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de UN MIL CIENTO OCHENTA Y DOS BOLÍVARES CON UN CÉNTIMO (Bs. 1.182,01). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Expídanse copias certificadas.
 La Juez
 Abg. Estela Romero
 
 
 
 
 El Secretario
 Abog. Arturo Yaggia
 
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