REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
 
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN 
 
Caracas, 02 de Agosto de 2012
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO: AP51-J-2012-012181
 
Motivo: Título de Únicos y Universales Herederos 
 
Solicitante: NANCY YAMILET NUÑEZ YANEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.517.259 
 
Abogado: FLERIDA BAUTE, Abogada en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 115.785
 
De Cujus: HAROLD JOSE REYES CORTES
 
 
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud que por Título de Únicos y Universales Herederos, presentó la ciudadana NANCY YAMILET NUÑEZ YANEZ, ut supra identificada, actuando en nombre de sus hijos, asistido por la Abogada FLERIDA BAUTE, Abogada en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 115.785,  este Tribunal, observa del acta de fecha 31/07/2012, cursante  al folio 21 del presente asunto, que fueron promovidas y evacuadas las declaraciones de la testigo, ciudadana MARBELLI TIBISAY TORREALBA PACHECO,  plenamente identificada en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor del ciudadano: HAROLD GREGORY, titular de la cédula de identidad N° V-19.933.894 y los adolescente (***), de trece (13) años de edad; como beneficiarios del de cujus HAROLD JOSE REYES CORTES, quien en vida fue titular de la cédula de identidad N° V-10.629.804. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
 
	PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 
	Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día dos (02) de  Agosto de dos mil doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
 
LA JUEZ,                          
 
               
 
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE                                   
 
                                                                                    LA SECRETARIA,
 
                                     		            
 
                                                                           Abg. LUISA OLIVEROS
 
 
 
 
LCD/LO/Brey*
 
 
 
 
 
 
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