REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO.

DEMANDANTE: NATALIA JARDIN
APODERADOS JUDICIALES: JULIO ESTEBAN HUNG DELGADO y MANUEL TOVAR ACOSTA
DEMANDADOS: IVONNE GONZALEZ y SUSANA VALDERRAMA
APODERADOS JUDICIALES: NELLY GIL, ZULEYÑA PINTO y JAIRO JOSE GARCIA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN)
SENTENCIA: (SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA)
EXPEDIENTE: 20.269

Vista la diligencia de fecha 30 de Julio del año en curso, presentado por el abogado MARIO MEJIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 61.140, en su carácter de apoderado judicial de la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C.A., (DEPOVEN C.A.,) este Tribunal para resolver observa:
Que en fecha 11 de junio de 2012, presentó escrito el abogado MARIO MEJIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 61.140, en su carácter de apoderado judicial de la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA C.A. (DEPOVEN C.A.,) consignó estado de cuenta relativo a los emolumentos, tasas y gastos de depósito y en la misma fecha se agregó al expediente y asimismo solicitó la notificación de las partes.
Que en fecha 27 de junio de 2012, el Tribunal mediante auto ordenó la notificación de los Abogados JULIO ESTEBAN HUG DELGADO o MANUEL TOVAR ACOSTA en sus carácter de Endosatarios en Procuración de la ciudadana NATALIA JARDIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.829.762 y a los abogados NELLY GIL, ZULEYKA PINTO o JAIRO GARCIA, en sus caracteres de apoderados judiciales de la ciudadana IVONNE GONZALEZ y SUSANA VALDERRAMA, titulares de las cedulas de identidad Nros. 8.849.163 y 1.482.894 respectivamente a los fines de imponerlos de la misma.
Que en fecha 09 de julio de 2011, el alguacil de este tribunal consigno las boletas de notificaciones del abogado JAIRO JOSÉ GARCIA en su carácter apoderado judicial de la parte demandada y el Abogado Julio Esteban Hung Delgado en su carácter de Endosatario en Procuración de la ciudadana NATALIA JARDIN parte actora en el presente juicio.
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Este Tribunal de conformidad con el Articulo 14 de la Ley Sobre Deposito Judicial, en concordancia con el Articulo 541 Ordinal 6to y 542 ordinal 3ero, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el Articulo 1787 del Código Civil, transcurrido el lapso para objetar la cuenta presentada, y sin que ninguna de las partes objetaran las mismas, este tribunal de conformidad DECLARA FIRME y CON FUERZA DE SENTENCIA EJECUTORIADA, el estado de cuenta presentado por la DEPOSITARIA JUDICIAL VENEZUELA, C.A., representada por el abogado MARIO MEJIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 61.140. ASI SE DECIDE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia, a los seis (06) días del mes de agosto de 2.012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.


Abg. Isabel C. Cabrera De Urbano
Jueza Titular

Abg. Juan Carlos López
El Secretario
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Abg. Juan Carlos López
El Secretario