REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, catorce de agosto de dos mil doce
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001361.
PARTE ACTORA: JOSE MANUEL GUEVARA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARISOL SANTELIZ.
PARTE DEMANDADA: PROAGRO C.A.
APODERADOS PARTE DEMANDADA: MARBELLA ARANA.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.
En el día hábil de hoy, 14 de Agosto de 2012, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; habiéndose efectuado el llamado de Ley; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano JOSE MANUEL GUEVARA., titular de la cédula de identidad N° 7.118.623; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno.- Así mismo se deja constancia de la comparecencia a este acto de la apoderado judicial de la empresa demandada PROAGRO C.A.; abogado MARBELLA ARANA, inscrita en el Ipsa bajo el N° 20.834; En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Jueza,
Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.
El Secretario,
Abg. JUAN CARLOS PEREZ.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2:15 p.m.-
El SECRETARIO,
JUAN CARLOS PEREZ.-
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