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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 ACTA
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004677
 PARTE ACTORA: HUMBERTO ENRIQUE GUEVARA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NELSON GONZALEZ ULLOA
 PARTE DEMANDADA: MGH PROTECCION INTEGRAL C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS LAYA PEÑARANDA
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
 
 Hoy, catorce (14) de Diciembre  de 2012, día y hora siendo las 10:00 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio HUMBERTO ENRIQUE GUEVARA contra MGH PROTECCION INTEGRAL C.A, comparecieron a la misma el ciudadano JUAN CARLOS LAYA PEÑARANDA, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 142.546, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada; según se desprende de instrumento poder que presento en original  y se  encuentra anexados copia al expediente;  se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153° y 202°.
 El Juez
 Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
 La  Presente
 El  Secretario
 
 Abog. Jose Moreno
 
 
 
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