ASUNTO: AP21-S-2012-002870
Visto el anterior escrito de transacción, suscrito por a el ciudadano RAFAEL BLANCO V- 12.112.140, en su carácter de parte oferido, debidamente asistido en este acto por el abogado, LUIS SANCHEZ, I.P.S.A. Nº 185.499 por una parte y por la otra de la abogada, EVELYN PEREZ I.P.S.A N° 91.484, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente ELCA COSMETICOS, S.A., mediante el cual celebran Transacción a los fines de dar por terminado el presente asunto, y en tal sentido, consignan copia simple de un (02) cheque identificado con el N° 32006 y N° 11332038, girado contra el Banco Mercantil, por la cantidad de CIENTO TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CENTÍMOS (Bs. 132.977, 92) y otro por la cantidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA Y OCHO CÉNTIMO (BS. 19.591,48), respectivamente, a nombre de el ciudadano: RAFAEL BLANCO, parte Oferida en el presente procedimiento, lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.
En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras y artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. A los fines solo estatutario de la suma ofertada fue por la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (BS. 152.569,40) y las partes llegaron a un acuerdo transaccional por la misma cantidad, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Sustanciación dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Asimismo, en cuanto a las copias solicitadas por ambas partes en el escrito, se acuerda la expedición de tres juegos de las copias certificadas solicitadas por las partes, de la presente transacción de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, e insta a las requirentes a consignar los respectivos fotos tatos para su certificación CÚMPLASE.-
El Juez
El Secretario
Abg. Miguel Yilales Zurita
Abg. Gloria Medina
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