REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de diciembre de 2012
202º y 153º
Visto que en fecha 15 de mayo del 2012, este Tribunal incurrió en el error involuntario de Terminar el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente “CORP BANCA, BANCO UNIVERSAL, C.A”, haciendo uso de la facultad otorgada a los jueces en el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, revoca el auto de Terminación dictado en fecha 15/05/2012 y deja constancia que a partir de la presente fecha comienza a transcurrir el lapso previsto en el Artículo 278 del Código Orgánico Tributario.
El Juez Titular,
Ricardo Caigua Jiménez
La Secretaria.
Hilmar Elena Rocha Esaá
Asunto No. AP41-U-2009-000719
RCJ/HERE/agl