REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, TRES, (03) DE DICIEMBRE DE 2012.-
Años 202 Y 153°
Conoce este Tribunal de la presente causa en virtud de la inhibición propuesta por el Dr. César Domínguez Agostini, ahora bien, en fecha 14.11.2012, se declaró sin lugar la inhibición propuesta y en razón de ello, éste Tribunal ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que continúe conociendo la causa. Líbrese el correspondiente oficio.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata
VGJ/RM/lg
EXP: AP71-R-2008-000106
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, TRES, (03) DE DICIEMBRE DE 2012.-
Años 202° Y 152°
Oficio N°2012-A-
Ciudadano:
Juez Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Su Despacho
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle el expediente signado con el Nro. AC71-R-2008-000106, constante de cuatro piezas de cuatrocientos seis (406), doscientos treinta y ocho (238), doscientos noventa (290) y ciento sesenta y dos (162) folios útiles, del juicio que por Daños Materiales y Morales, sigue la ciudadana LILIA RAMIREZ RIVERA contra los ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA, en virtud de la declaratoria sin lugar de la Inhibición conocida por este Juzgado en fecha 07.11.2012.
Remisión que se hace, a usted a los fines consiguientes.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
VGJ/RM/lg
EXP: AP71-R-2008-000106