REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 202° y 153°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004148


En el día hábil de hoy MIERCOLES 12 DE DICIEMBRE DE 2012, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano FRANCISCO JAVIER PERTUZ CHARRIS, titular de la cedula de identidad N° 22.390.087, contra la sociedad mercantil QUALITY PRINT I, C.A., anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadano FRANCISCO JAVIER PERTUZ CHARRIS, titular de la cedula de identidad N° 22.390.087, debidamente representado por la abogada MARIA YUPANQUI ERAZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.992. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del ciudadano PEDRO MANUEL FIGUEROA GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 8.236.729, en carácter de ADMINISTRADOR de la parte demandada y del abogado MARIO FIGARELLA ROSSI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.099, en su carácter de apoderado judicial de la demandada. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CINO MIL BOLÍVARES (Bs.155.000,00) por los siguientes conceptos: prestación por antigüedad, 2 días adicionales por cada año, intereses sobre la prestación por antigüedad, indemnización por despido, diferencia de vacaciones 2009, 2010, vacaciones no disfrutadas año 2010-2011, vacaciones fraccionadas año 2012, diferencia de bono vacacional 2009, 2010, diferencia de utilidades 2009, 2010, utilidades fraccionadas año 2012, pago de cesta tickets desde el 1º de julio de 2011 hasta el 30 de septiembre de 2012, cesta tickets no pagados dentro del lapso vacacional, bono no salarial dejado de percibir, diferencia de bono de asistencia dejado de percibir, pago por asistencia cláusula 61 del contrato colectivo, sábados y domingos no pagados dentro del lapso de vacaciones, salarios caídos desde el 1º de julio de 2011 hasta el 30 de septiembre de 2012. La cancelación del monto acordado se efectuará en tres (3) cuotas, la primera por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00) a ser pagada el día VIERNES 14 DE DICIEMBRE DE 2012, la segunda por la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.37.500,00) a ser pagada el día 28 DE FEBRERO DE 2013 y la tercera por la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.37.500,00) a ser pagada el día 29 DE MARZO DE 2013, todos por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.). Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 108, 125, 174, 219, 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas, por lo que una vez conste en autos el pago del monto acordado se dará por terminado el presente asunto, ordenando el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Igualmente las partes solicitan copias certificadas del presente acuerdo, por lo que se ordena al secretario del Tribunal expedir dos (2) juegos de copias certificadas, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

FRANCISCO JAVIER PERTUZ CHARRIS
PARTE ACTORA

MARIA YUPANQUI ERAZO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

PEDRO MANUEL FIGUEROA GARCIA
ADMINISTRADOR DE LA PARTE DEMANDADA

MARIO FIGARELLA ROSSI
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

OSCAR CASTILLO
EL SECRETARIO