REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 20 de Diciembre de 2012
Año 200º y 151º

ASUNTO : KP02-V-2009-001565
Solicitante: JOSEFA MEDINA DE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de la cédula de identidad No. 11.350.473, de éste domicilio
Beneficiario (s): (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.)
Este Tribunal después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente expediente y visto el escrito de fecha 17 de diciembre de 2012, consignado por la solicitante, en el cual solicita PERMISO la salida de su hijo de la entidad de atención BEREA INTERNACIONAL para el disfrute de la época decembrina; y a los fines de garantizar el Derecho al sano esparcimiento, al juego y las actividades recreativas adecuadas a sus edades, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en concordancia con lo previsto en los artículos 30 y 63 ejusdem; CONCEDE PERMISO al beneficiario (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.), para el disfrute de la temporada navideña junto a su madre, ya identificada, quien velará por el resguardo, vigilancia y cuidados del referido beneficiario, iniciando desde el día 20 de diciembre de 2012 hasta el día 15 de enero de 2013, debiendo retornar al adolescente de autos a la referida entidad de atención a las 10: 00 de la mañana. Líbrese oficio. Se designa correo especial a la JOSEFA MEDINA DE FIGUEROA ya identificada, a los fines de la entrega del mencionado oficio -
LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN,

Abg. OLGA MARILYN OLIVEROS

LA SECRETARIA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 3833-2012 y se publicó siendo las 12:34 p.m.-
LA SECRETARIA
OMO/Diana.-