REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 17 de Diciembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-005031
ASUNTO : KP01-P-2008-005031

En fecha 07 de diciembre de 2012, oportunidad fijada para la celebración de audiencia preliminar conforme al artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal, la misma es diferida en virtud de la incomparecencia del imputado BRAULIO ANTONIO NAVA PIÑA, titular de la cédula de identidad nro. 17.189.580, siendo verificado en el Sistema Juris 2000 que el mismo no cumple con la medida de presentación impuesta por este Tribunal en fecha 20-03-2012, así como no comparece a las citaciones, desconociéndose las causas, por lo cual en vista de la actitud de negarse a cumplir con las condiciones impuesta por este Tribunal, se acuerda librarles orden de aprehensión a nivel nacional a los fines de su ubicación.-Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA:

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la aprehensión a nivel nacional del ciudadano: BRAULIO ANTONIO NAVA PIÑA, titular de la cédula de identidad nro. 17.189.580.- Todo conforme al contenido del 250 del Código Orgánico Procesal Penal.- Líbrese el oficio correspondiente.-



El Juez

El Secretario

Abg. Amelia Jiménez García