REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP02-F-2012-001204


Vista la demanda de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos ALEXIS ALEJANDRO MAVARE y ANA MARGARITA HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.003.604 y 5.255.873, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogada Eglis Martínez, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 170.016; este Juzgado niega su admisión por cuanto se observa que al no existir diferencias entre las partes, pueden perfeccionar la partición directamente por ante la Notaría Pública ó Registro Inmobiliario correspondiente. Déjese copia.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó con el N° 404.

La Sec.-
MJP/Mónica