REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP02-T-2012-000070
Vista la demanda de Daños y Prejuicios derivado por Accidente de Transito intentado el ciudadano JOHAN ENRIQUE PERALTA GARCES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.085.734, debidamente asistido por el Abogado JOSE DAVID RAMIREZ DIAZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 16.323.857, contra los ciudadanos MARLIEN SORELIS HERNANDEZ HURTADO Y JOSE JAVIER SANCHEZ ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 13.084.941 y 9.347.195, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la cuantía. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
Se publico y se dejó copia resolución Nº 407
La Secretaria
Eliana Gisela Hernández Silva
MJP/Milagro
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