REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP02-F-2011-000334

Los ciudadanos JACQUELINE COROMOTO ESCALONA ZAPATA y CARLOS ALBERTO MIRABAL PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 7.436.482 y V- 10.137.390 respectivamente, presentaron escrito de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES, por mutuo consentimiento. Admitida la solicitud el 26 de Mayo del 2011, se declaró la Separación de Cuerpos y de Bienes por estar fundamentada en causa legal. De dicha unión matrimonial, no procrearon hijos. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público el 07 de Junio del año 2011. Concurren el 14 de Diciembre del 2012, los ciudadanos JACQUELINE COROMOTO ESCALONA ZAPATA y CARLOS ALBERTO MIRABAL PEREZ, solicitando la CONVERSIÓN EN DIVORCIO.----------------------------------
UNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos, y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación, y previa solicitud de las partes, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en divorcio, en consecuencia declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los cónyuges, JACQUELINE COROMOTO ESCALONA ZAPATA y CARLOS ALBERTO MIRABAL PEREZ ya identificados, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara; cuya partida fue inserta bajo el Acta Nº 499, folio 4 vto, en fecha 11 de Diciembre del 1997, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que requiera la parte interesada. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los Dieciocho (18) días del mes de Diciembre de dos mil doce (2.012). AÑOS: 202° y 153°.

EL JUEZ,




ABG. LUIS FERNANDO MARTINEZ AROCHA.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


ABG. LILIANA SANTELIZ
LFMA/LS/mmsm

Seguidamente se publico siendo las 03:04 PM

La Sec. Acc,