REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veinte de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP12-M-2012-000021.-

DEMANDANTE: JULIO CESAR RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.179.884, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA LAURA RIERA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 92.001.
DEMANDADOS: HECTOR LEONICIO SANCHEZ FIGUEROA y JUAN ANTONIO GOMEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nro. 5.932.567 y 5.933.858, respectivamente, de este domicilio. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: HENGERBERT JAVIER SIERRA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 92.277.

MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR HOMOLOGACIÓN DE CONVENIMIENTO.-

Visto el convenimiento realizado en fecha 03 de Diciembre del presente año, entre la ciudadana MARIA LAURA RIERA, antes identificada, actuando en su carácter de endosataria en Procuración del ciudadano JULIO CESAR RIERA, antes identificado y el ciudadano JUAN ANTONIO GOMEZ PEREZ, ya identificado, asistido por el Abogado HENGERBERT SIERRA, ya identificado, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Veinte (20) días del mes de Diciembre de 2.012. Años: 202° y 153°.
El Juez Provisorio,


Abg. FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,


Abg. BEATRIZ YEPEZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 119-2012, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,


Abg. BEATRIZ YEPEZ