REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Trece de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2012-001924
PARTE ACTORA: PIETRO MARIA BATTISTON LINO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ------------------------------------
PARTE DEMANDADA: LOCALFRIO VALENCIA, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: SARATH BELLOSO
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, Trece ( 13 ) de diciembre del 2012, siendo las 11:00 a.m., del día y la hora fijada por las partes para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la abogada SARATH BELLOSO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 186.501, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa demandada LOCALFRIO VALENCIA, C.A., Seguidamente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 202 ° y 153 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA FUENTES
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