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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 ACTA
 N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-005325
 PARTE ACTORA:NANCY JOSEFINA MELO OLIVARES
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PABLO KASY PAREDES DELGADO
 PARTE DEMANDADA: C.A. REVISTA VENEZOLANA HIPICA y  MERIDIARIO, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YAMIRA MARCANO ROJAS
 MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 En el día hábil de hoy veintitrés (23) de Enero  de dos mil doce (2012), siendo las  02:00 P.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio NANCY JOSEFINA MELO OLIVARES  contra C.A REVISTA VENEZOLANA HIPICA Y MERIDIARIO, C,A,; se deja expresa constancia  que solo comparecieron el ciudadano YAMIRA MARCANO ROJAS, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.022, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; según se desprende de instrumento poder que presento en original  y se  encuentra anexado copia al expediente;  se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 201°.
 El Juez
 Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
 El   Presente
 La  Secretaria
 
 Abog. Gloria Medina
 
 
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