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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Décimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, diez (10) de enero de dos mil doce (2012)
 201º y 152º
 
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-005933
 PARTE ACTORA: EDWIN ELIASID CARRILLO BUSTAMANTE
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
 PARTE DEMANDADA: CNA DE SEGUROS LA PREVISORA
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDY PEREZ Y GREYSI CORONIL.
 MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 En el día hábil de hoy diez (10) de enero de dos mil doce (2012), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio,  se deja constancia de la comparecencia de la abogada GREYSI CORONIL, inscrita e el IPSA bajo el Nº  118.524, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada según se verifica de instrumento poder que presenta en original para su confrontación a la vista y en copia para ser insertado al expediente, en este estado se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
 
 El Juez Titular
 
 
 Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
 
 El Secretario
 
 Abg. Luis Barranco
 
 
 La apoderada de la demandada
 
 
 
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