Asunto: AP41-U-2011-000362 Sentencia Interlocutoria N° 009/2012
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 18 de Enero de 2012
201º y 152º
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 21 de diciembre del 2011, por la abogada Nuri López, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 75.818, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA TONARIS, C.A., El Tribunal deja constancia que al no ser el mérito favorable en autos un medio de prueba, apreciará del expediente cuantos elementos sean favorables a las partes y que se desprenda de los autos en la sentencia definitiva.
El Juez,
Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,
Bárbara Vásquez Parraga.
ASUNTO : AP41-U-2011-000362