| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintitrés de enero de dos mil doce
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP21-S-2012-000030
 Visto escrito presentado por las partes por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, en fecha 18 de enero  de 2012, mediante la cual concretan  acuerdo  transaccional, escrito,  donde el  ciudadano  JHON ANDER PONNEFZ MEJIA,   venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.575.343, parte Oferida en el Presente tramite, asistido por la profesional del derecho ciudadana  AZORY RANGEL, inscrita en el IPSA bajo el N° 70.356,  declara que acepta el monto ofrecido por la Sociedad Mercantil  “ASEA BROWN BOVERI, S.A” parte Oferente,   por medio de su apoderado judicial  el ciudadano  RAUL TRUJILLO FUENTES,  IPSA N° 74.691,   de  DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES  CON 45/100 (Bs. 2732.083,45) por los conceptos  especificados, monto del cual recibió el  oferido  antes nombrado,  a través de cheque emitido a su favor al momento de la firma del acuerdo,  cheque éste que se identifican plenamente en el escrito presentado,  del cual acompañan copia a los autos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en virtud que no se vulnero ningún derecho irrenunciable del trabajador,  ni normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con lo establecido en el  artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada. Así mismo se acuerda las copias certificadas solicitadas y a tal efecto se ordena que las mismas sean expedidas por secretaria, una vez consten los correspondientes fotostatos. Se ordenará el cierre y archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-
 El Juez
 
 El Secretario
 Abg. Danilo Serrano
 
 Abg. Yamitel Eduard
 Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión dada firmada y sellada en la sede del despacho en Caracas, a los  días (23) del mes de enero de 2012, años 201° de la independencia y 152° de la federación, respectivamente.- Cúmplase con lo ordenado.-
 
 Se ordena la publicación de la presente decisión en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Gobierno Judicial.  Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/., CÚMPLASE.
 
 
 
 El Secretario
 
 
 Abg. Yamilet Eduard
 
 
 
 
 AP21-S-2012-000030
 DS/YE
 
 |