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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 
 Caracas, 10 de enero de 2012
 201º y 152º
 
 ASUNTO : AP51-V-2011-015522
 
 PARTE ACTORA: VERONICA DEL VALLE CASTELLANOS ALARCON, titular de la cédula de identidad Nro V- 16.248.980.
 MOTIVO: HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.
 
 Visto el desistimiento formulado por la ciudadana VERONICA DEL VALLE CASTELLANOS ALARCON, titular de la cédula de identidad Nro V- 16.248.980, tal como se puede apreciar del acta levantada en fecha 09 de diciembre de 2011, en la cual indicó: “… Desisto del presente procedimiento por cuanto ya mi hijo fue para Manta, Ecuador y dejamos constancia de su regreso a Venezuela”; este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil,  HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, en los mismos términos, fines y condiciones en que fue suscrito, el DESISTIMIENTO, formulado por la parte actora en el presente asunto. En virtud de ello, se ORDENA el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. ASI SE DECIDE.
 LA JUEZA,
 
 Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
 EL SECRETARIO,
 
 Abg. IVAN CEDEÑO.
 
 
 
 
 
 
 
 AVR/IC/*Aimara*
 
 
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