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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Juez Décimo Segundo (12do) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
 Caracas, 16 de Enero de 2012
 201º y 152º
 
 ASUNTO: AP51-J-2011-015098
 
 Vista la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA CEDER BIENES, presentada por la ciudadana MARIANELA ISABEL LLAGUNO DE BARRE, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.961.172, actuando en representación del adolescente SE OMITEN DATOS, de diecisiete (17) años de edad, debidamente asistido por la abogada MILDRED D’ WINDT R, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 15.490; así como la juramentación y aceptación realizada por el Curador designado, ciudadano RICARDO ANDRES BARRE HERRERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.477.824, en beneficio del adolescente antes mencionado, este Juez del Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, sin que esto signifique pronunciamiento alguno al fondo del presente asunto discierne el cargo de CURADOR ESPECIAL al ciudadano RICARDO ANDRES BARRE HERRERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.477.824, conforme a lo establecido en el artículo 270 del Código Civil; quien deberá representar al adolescente de marras, en los asuntos referidos a la cesión en cuestión. Y así se declara.
 EL JUEZ,
 
 
 ABG. WILLIAN PAEZ JIMENEZ
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. ANADIS OCHOA
 
 
 WPJ/AO/ERICK RUDENKO BANDRES
 AP51-J-2011-015098
 
 
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