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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y  ADOLESCENTES
 CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA Y
 NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
 Tribunal Décimo Tercero  (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,
 Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Caracas, 26 de Enero de 2012
 201º y 152º
 ASUNTO: AP51-J-2012-000331
 
 Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar que antecede, presentada por la Abogada ANA PEREZ, en su carácter de Defensora de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes N° 290, a solicitud de los ciudadanos ERICK MANUEL BARRETO y LESLI NATALI PEREZ ACOSTA, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-17.692.770 y V-10.001.951; respectivamente; a favor de sus hijos, los niños (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de siete (07) y seis (06) años de edad, respectivamente. En consecuencia, este Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de conformidad con lo establecido en los Artículos 315, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes LA ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a la moral o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y procede a HOMOLOGAR el presente Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar; y restantes términos allí expuestos. Asimismo, se le indica a las partes que la presente homologación tiene carácter de cosa juzgada y fuerza ejecutiva. Finalmente, Expídase por Secretaría copia certificada del acuerdo y del presente auto y fórmese un solo cuerpo, previa consignación de los correspondientes fotostatos por las partes interesadas. Cúmplase.-
 Dada, firmada y sellada en el despacho del TRIBUNAL DECIMO TERCERO (13°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, a los  26 días de Enero dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
 EL JUEZ,
 
 ABG. RONALD CASTRO                                                                         EL SECRETARIO,
 
 ABG. JHERRY JIMENEZ
 En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.-
 EL SECRETARIO,
 
 ABG. JHERRY JIMENEZ
 RC//JJ//Yerlin Medina
 Conv. Régimen de Convivencia Familiar
 
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