REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 10 de Enero de 2012
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2012-000068
ASUNTO : KP01-P-2012-000068
DECLINATORIA DE COMPETENCIA
Revisada exhaustivamente la presente causa, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, emitir los siguientes pronunciamientos:
1.- La Fiscalía 20 del Ministerio Público, presenta al ciudadano HERNAN YOVANNY RODRIGUEZ, cédula de identidad nº 14.269.471, a los fines de la celebración de la audiencia oral a que se contrae el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Previa revisión del Asunto esta juzgadora observa que en la presente causa, se estaría en presencia de la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, previsto y sancionado en el Artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de una adolescente cuya identidad se omite por mandato legal (de 16 años de edad para el momento de ocurrencia de los hechos) o de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el Artículo 43 de la Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
2.- En cualquiera de los casos, con la promulgación de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en fecha 10 de diciembre de 2007, el Artículo 259 y por remisión el Artículo 260 de la referida norma legal, establece que la competencia para conocer de los asuntos en los cuales el autor es un hombre mayor de edad y la víctima es una niña o en la causa concurren víctimas de ambos sexos, o una adolescente, corresponde a los Tribunales Especiales previstos en la Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia conforme el procedimiento en ésta establecido.
3.- En consecuencia de lo anteriormente expresado, este Tribunal de Control N° 2, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa y por lo tanto, se DECLINA la Competencia en el Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control, Audiencia y Medidas para conocer de los procedimientos establecidos en la Ley orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se ordena remitir el presente Asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a fin de que sea distribuido. Cúmplase.
La Juez
Abg. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli
Secretaria
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