REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 13 de Enero del 2012
Años: 201° y 152°
EXPEDIENTE N° : 4.103-11
SOLICITANTE: Jehin Magleri López Vargas.
C.I.Nº V-20.585.066
OBLIGADO: Humberto José Colmenarez Martínez.
C.I.Nº V-16.324.950
BENEFICIARIO: (OMISION QUE SE HACE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA) de 03 años de edad y 05 meses de nacido.
MOTIVO: HOMOLOGACION POR DESISTIMIENTO
DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION.
Revisadas las presentes actuaciones y por cuanto se observa al folio 14 del expediente, que la solicitante ciudadana JEHIN MAGLERI LOPEZ VARGAS, desiste del procedimiento por Fijación de la Obligación de Manutención, intentó en contra del ciudadano HUMBERTO JOSÉ COLMENAREZ MARTINEZ, quien es el padre de sus hijos, por cuanto esta cumpliendo en todo con los niños, que llegaron a un acuerdo entre ellos, y en la actualidad se encuentra cumpliendo, solicitando se archive el presente expediente, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, es por lo que este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION, en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme a lo establecido en el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial. Lìbrese Boleta de Notificaciòn al ciudadano Fiscal 17º del Ministerio Pùblico de esta Circunscripciòn Judicial. Cúmplase.
La Juez,
Abg. Dulce María Montero.
El Secretario,
Abog. Lucio Torres.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abog. Lucio Torres.