REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Carora)
Carora, treinta y uno de enero de dos mil doce
201º y 152º
En horas de Despacho del día de hoy treinta y uno (31) de enero del año 2012; se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medida del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del estado Lara, se constituyo siendo las 10:47 a.m., en un inmueble ubicado en la avenida La Feria Sector el Estadio de esta ciudad de Carora Municipio Torres del Estado Lara. Con la presencia del ciudadano Juez Abg. Rafael Jose Martínez Rivero y la Secretaria Suplente Abg. Beatriz Yépez; a los fines de dar cumplimiento al mandato de ejecución enviado por el Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del estado Lara, para la practica de a medida de desalojo, juicio intentado, por el abogado Gorquin Jose Camacaro, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.106.881 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 153.200 en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Ana Margarita Bermúdez de Lucena, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.947.516; en contra del ciudadano Jenny Crespo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.801.508. Acompañan al tribunal el funcionario Sargento Mayor de 1º Ricardo Jose Herrera, titular de la cedula de identidad Nº 10.778.75, funcionario de la Guardia Nacional. Al momento de la constitución del tribunal en el inmueble se constato que el mismo mantiene sus puertas cerradas lo que se procedió a realizar los tres toques y el llamado conforme a la ley. El tribunal al no responderse a su llamado procedió a designar un perito cerrajero para abrir las puertas del inmueble y se designo al ciudadano Miguel Antonio Camacaro Verde, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.804.991; quien acepto el cargo y juro cumplir con los deberes inherentes al mismo. Acto seguido el cerrajero abrió el candado del portón de acceso al inmueble y se constato que el mismo se encuentra libre de bienes y personas. En este estado este tribunal ejecutor de Medidas del Municipio Torres en nombre de la Republica y por autoridad de la ley hace entrega de este inmueble totalmente desalojado de bienes y de personas al ciudadano Gorquin Jose Camacaro Lucena, ya identificado, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: Norte: Calle la Feria que es su frente de por medio y casa antes de Dalia de Meléndez y ahora de Miriam Crespo de Herrera; Sur casa de Manuel Odreman antes casa de Jose Alvarez: Este: avenida el Estadio; Oeste: antes terreno vacante hoy casa de Jose Antonio Páez. El inmueble se trata de un galpón destinado al funcionamiento de un auto lavado y se encuentra en regular estado de conservación. En este estado el apoderado judicial expone: “Recibo para mi mandante el inmueble en las condiciones descritas por este tribunal: El Tribunal no habiendo nada que realizar ordena el regreso a su sede siendo las 11:30 a.m. Es todo, termino se leyó y conformes firman. El Juez (fdo) Ilegible. El Apoderado Judicial (fdo) Ilegible. El Perito Cerrajero (fdo) Ilegible. El Funcionario de Guardia Nacional (fdo) Ilegible. La Secretaria Suplente (fdo) Ilegible.
ASUNTO: KP12-V-2012-000025