En horas de despacho del día de hoy, Veinticinco (25) de Enero de dos mil Doce (2012), siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble ubicado en la Urbanización Los Harales, casa N° 37-78, Municipio San Diego del Estado Carabobo, en compañía de la Abogada JESSMAR MARINA NUÑEZ PRIMERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.116, en su carácter de Apoderada Judicial INVERSORA PARTICIPAR, C.A., a fin de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el comitente. Presente la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ MONTILLA, titular de la Cédula de Identidad N° 9.823.960, en su carácter de fiadora solidaria, se le notifico de la misión a realizar, y se comunicó telefónicamente con el demandado HILDEBRANDO JESUS ALBERTO MONTILLA, quien manifestó que venía en camino. El Tribunal siendo las 10:45 de la mañana concede 30 de lapso de espera al demandado. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión de la policía del estado Carabobo (2 funcionarios), a cargo de la Oficial Carmen Esqueda, Placa N° 2422. Siendo las 12:30 del medio día se hace presente el demandado HILDEBRANDO JESUS ALBERTO MONTILLA, titular de la Cédula de Identidad N° 17.065.379, a quien en su carácter de demandado se le notificó de la misión a realizar, quien conjuntamente con la co-demandada MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ MONTILLA, titular de la Cédula de Identidad N° 9.823.960, asistidos por el Abogado ADALBERTO VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.669, exponen: A fin de dar por terminado el presente juicio, nos damos por intimados, renunciamos al lapso de comparecencia, reconocemos los montos demandados y ofrecemos por vía de TRANSACCION a la parte actora lo siguiente: PRIMERO: Pagar en este acto en dinero efectivo la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00); SEGUNDO: Pagar en este acto la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) mediante cheque N° 78-6368788, girado contra la cuenta corriente N° 0151-0087-71-4487019673, a nombre de Inversora Participar, S.A., Banco Fondo Común; TERCERO: El saldo restante que lo es la cantidad de VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 26.750,00) en Seis (6) cuotas mensuales y consecutivas de CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 4.458,33), siendo la primera de ellas el Veintinueve (29) de Febrero de 2012 y la última el día Treinta (30) de Julio de 2012, pagaderas en la cuenta corriente N° 0116-0134-180005511313 en el Banco B.O.D, a nombre de INVERSORA PARTICIPAR, S.A..- En este estado interviene la parte actora y expone: En nombre de mi representada acepto el ofrecimiento de pago hecho por los demandados, en los términos expuestos, solicitando al Tribunal se abstenga de practicar la medida preventiva de embargo. Ambas partes acordamos que a la falta de pago de una de las cuotas establecidas se podrá solicitar la ejecución de la presente transacción por considerarse de plazo vencido y en caso de llegar a remate se hará mediante la designación de un único perito Avaluador y un solo cartel de remate. Igualmente solicitamos al comitente homologue la presente Transacción. El Tribunal vista la Transacción y solicitado como ha sido por la parte actora, se abstiene de practicar la medida preventiva de embargo decretada por el comitente. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y que las firmas estampadas son de manera voluntaria. Es todo. Siendo las 2:00 de la tarde el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible). DRA. NINOHSKA ZAVALA. LA PARTE ACTORA, (Fdo. Firma Ilegible). LOS DEMANDADOS Y SU ABG. ASISTENTE, (Fdo. Firmas Ilegibles).
LA FUNCIONARIA POLICIAL, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Fdo. Firma Ilegible) ABG. ZORKA CARBONELL R.
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