REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO.

Valencia, 09 de enero de 2012
Años: 201º y 152º

Expediente Nº 14.464

Vista la querella funcionarial interpuesta por el abogado GREGORY JOHAN BOLÍVAR RODRÍGUEZ, titular cédula de identidad Nº 13.602.364, actuando en nombre propio, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA; considerando que este Tribunal es competente para conocer del asunto planteado de conformidad con lo dispuesto en los artículo 25 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso administrativa; y por cuanto la querella cumple con los requisitos del artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se admite cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, cítese al ciudadano Procurador General de la República, para la contestación a la querella dentro del término de quince (15) días de despacho más dos (2) días que se le conceden como término de la distancia, contados desde que conste en autos las resulta de la citación ordenada y vencido el lapso de quince (15) días hábiles previsto en el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, junto con el correspondiente oficio, copia certificada de todo el expediente.

Solicítese igualmente al ente querellado la remisión de copia certificada del expediente administrativo relacionado con el caso, lo cual se verificará en el lapso antes indicado. Asimismo, se advierte que la omisión o retardo de dicha remisión acarreará la sanción establecida en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Notifíquese al ciudadano Director Ejecutivo de la Magistratura, con anexo de copia certificada de todo el expediente.

EL JUEZ PROVISORIO

ABG. JOSÉ GREGORIO MADRIZ DÍAZ

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. SADALA JOSÉ MOSTAFA ESPINOZA


Exp. Nº 14.464 En la misma fecha se libró despacho de comisión y oficios Nros. 0007, 0008, _____/0009.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. SADALA JOSÉ MOSTAFA ESPINOZA










JGM/zaholaix
Diarizado Nº ___