REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BEJUMA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Bejuma; 18 de Enero de 2012
AÑOS: 201° Y 152°
Parte Actora: FANNY JOSEFINA ESCALONA
Parte demandada: PABLO JOSÉ ZAVARSE ADAM
Motivo: SOLICITUD DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Materia: PROTECCIÓN

Vencido el lapso de Avocamiento dictado en la presente causa y revisado el expediente, por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido el periodo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ya que la última actuación se realizó el día 30 de Junio de 2008, este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN de la Instancia. Déjese transcurrir el lapso de Ley y de no producirse recurso alguno, désele salida y archívese.-
El Juez Provisorio,

Abg. GABRIEL CARIEL HURTADO
La Secretaria Suplente,

Abg. ANA JAQUELINE ARRIECHÍ
Exp. N° 1033-2008
Materia: PROTECCIÓN