REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, nueve de enero de dos mil doce
201º y 152º

EXPEDIENTE: GP02-S-2011-000973
PARTE OFERENTE: RESTOVEN DE VENEZUELA, C.A.


APODERADO JUDICIAL:
DARRY ARCIA GIL, inscrito en el IPSA bajo el N° 98.464

PARTE OFERIDA CARLOS VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. Nº 10.840.857
APODERADO JUDICIAL:
---NO CONSTA----

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Visto que la parte oferente en la presente causa, en fecha 28 de Noviembre de 2011, presenta DESISTIMIENTO DE LA OFERTA REAL DE PAGO, por ante la U.R.D.D. de este Circuito Laboral, este Tribunal con vista a tal manifestación voluntaria, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL CONTENIDO DEL MISMO. Otorgándole carácter de cosa juzgada, y ordena el cierre del expediente.-
La Juez


Abg. Noris B. Godoy Villegas.
La secretaria.

Abg. Mayela Díaz.


En la misma fecha se publicó la sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva siendo las 3:05 p.m.
La secretaria.

Abg. Mayela Díaz