REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
SECCION ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE CONTROL
GUANARE
Guanare, 16 de Febrero de 2012
Años 201º y 152º
SOLICITUD Nº 1CS-1187-12
JUEZA ABG. SENAIDA ROSALIA GONZALEZ SANCHEZ
SECRETARIA ABG. ARGELIA GUEDEZ ROMERO
FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO (IDENTIDAD OMITIDA)
DEFENSORA PÚBLICA ABG. TAIDE ESMERALDA JIMENEZ RODRIGUEZ
DECISION Plazo prudencial para que el Ministerio Público presente Acto Conclusivo.
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Vista la solicitud formulada por la Defensora Pública Abg. Taide Esmeralda Jiménez Rodríguez, en la cual solicita que se le fije un plazo prudencial a la Fiscal Quinta del Ministerio Público para la conclusión de la investigación seguida contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) , este tribunal en esta misma fecha 16-02-2012, realizó audiencia, siendo las 10:20 de la mañana, con el objeto de debatir los fundamentos de dicha solicitud, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 313 último aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Celebrada como fue la audiencia oral, escuchados los fundamentos de la solicitud formulada por la Defensora y la exposición de la Fiscal, este tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:
P R I M E R O:
En el desarrollo de la audiencia, se explicó didácticamente a los presentes el motivo de la audiencia con motivo del escrito interpuesto por la Defensora Pública Abogada Taide Jiménez, a los fines de que se debata la fijación del Plazo Prudencial para que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo, de conformidad con el Artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en la solicitud N° 1CS-1187-12 relativa al adolescente imputado (IDENTIDAD OMITIDA), en virtud de haber transcurrido un lapso mayor de seis (6) meses de haberse iniciado la investigación, la presente solicitud esta señalada en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal, y solcito el lapso legal mínimo a los fines de que la Fiscal del Ministerio público presente el acto conclusivo correspondiente. Es Todo.
En su derecho de palabra, la Fiscal Quinta del Ministerio Público, manifestó: “ciertamente por ante la Fiscalía se aperturo investigación en contra de los adolescentes imputados, el Ministerio Publico ha realizado todos los actos de investigación, pero no se ha logrado comparecer a los Imputados para realizarles el acto de Imputación, y solicito se me conceda el plazo de Sesenta días para que el Ministerio Publico presente el acto conclusivo a que halla lugar y solicito se me expida copia simple de la presente acta . Es Todo.”
Por su parte, la Defensa Publica expone que no esta de acuerdo con el lapso peticionado por el Fiscal Quinta del Ministerio Publico solicita que sea menos el lapso para que presente acto conclusivo a que haya lugar.
S E G U N D O:
Observa esta juzgadora que las funciones de la Fiscalía del Ministerio Público es investigar los hechos punibles de los adolescente que se encuentran en conflicto con la ley penal, el cumplimiento de estas funciones entre otras, son los medios para demostrarse la existencia del hecho punible, como la participación del adolescente en la comisión del hecho que se le atribuye, no siendo contrario a derecho y garantizándose de esta manera que la justicia prevalezca, a través de la búsqueda de la verdad, para la imposición de la sanción a que diere lugar, este tribunal, en virtud de que son pocas las diligencia que faltan, acuerda conceder un plazo de Cuarenta y cinco (45) días a la Fiscalía para que presente su acto conclusivo, en la investigación que adelanta conta el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). Asi se decide.
T E R C E R O:
Por lo anterior expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, esta Juzgadora de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control Nº 01, acuerda fijarle un plazo de Cuarenta y cinco (45) días contados a partir de hoy 16-02-12 fecha de la realización de la audiencia, a la Fiscal Quinta del Ministerio Publico para que concluya con la investigación que adelanta en contra del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).
En la ciudad de Guanare a los 16 días del mes de febrero de 2012.
LA JUEZA DE CONTROL NO 1,
ABG. SENAIDA ROSALÍA GONZÁLEZ SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. ARGELIA GUEDEZ ROMERO
Asistente Judicial: vs.-
1CS-1187-12
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