REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 2 de Febrero de 2012
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-003514
ASUNTO : RP01-P-2011-003514

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida a los acusado GABRIEL LEONARDO FIGUEROA FIGUEROA, venezolano, de 21 años de edad, nacido en Cumanacoa, Estado Sucre, en fecha 01-06-90, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.347.119, de profesión u oficio obrero, de estado civil Soltero, y residenciado en el Barrio la Granja, Primera Etapa, Calle Nº 6 Casa Nº 12 (cerca de los Bomberos), Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jhonny Rafael Conquista Cortez (Occiso), este Tribunal observa:

Cursa al folio 226 de la presente causa, oficio Nº 036/2012, suscrito por la Abg.Nelizia D Augusta V, representante de la oficina de participación ciudadana de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual remite a este Tribunal escrito suscrito por la ciudadana Johann Núñez, titular de la cédula de identidad Nro 15.936.492, candidata a escabino en la presente causa, quién informa que por razones de enfermedad de su hija infante de ocho meses de edad que requieren constantes viajes a la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, y remite anexo informe clínico el cual cursa al folio 229, por tal motivo se solicita en el oficio de participación ciudadana, se estudie la posibilidad de excluir a la mencionada ciudadana de la lista de candidatos a escabinos de conformidad con lo establecido en el artículo 154 numeral 3 del Código Orgánico Procesal penal.

En fecha En el día de hoy, seis (06) de Diciembre del año dos mil once (2011), se procedió a realizar dicho sorteo, seleccionando a los siguientes candidatos a escabinos: Primero: LUIS REYES GUTIERREZ Segundo: ANA AMERICA BARRETO; Tercero: JOHANA DEL VALLE NUÑEZ RIVAS; Cuarto: YSIDRO JOSE NIEVES; Quinto: CARMEN DENYS LICET; Sexto: CESAR AUISTO CARVAJAL LARA; Séptimo: JUAN DE JESUS ARAGUACHE; Octavo: JOHANNA ROSALY RONDON GONZALEZ; Noveno: JESUS ADOLFO JIMENEZ MARIN; Décimo: MILAGRO DEL VALLE PLANCHEZ MARQUEZ; Decimoprimero: ROSA ARELIS CASTILLO; Decimosegundo: FREDDY JOSE CABRERA HURTADO; Decimotercero: RAMON ANTONIO TORRES; Decimocuarto: CESAR AUGUSTO VELASQUEZ; Decimoquinto: ANGEL ALBERTO RIVAS ALVAREZ Y Decimosexto: PLACEDIS HORTENCIA SALZAR SANTAELLA.

Ahora bien, se observa que la ciudadana Johana del Valle Núñez, presenta anexo al escrito de solicitud, constancia médica que indica que su hija infante presenta problemas de salud, por ello este Tribunal en aras de preservar la vida y salud de la precitada infante que requiere evidentemente la presencia de su madre, considera que la causal alegada se ajusta a la contenida en el artículo 154 ordinal 3ro del Código Orgánico Procesal Penal, que establece:

Artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, como causales de excusas para el desempeño de la función de escabinos; las siguientes:
Podrán excusarse para actuar como escabino:

1. Los que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación;
2. Los que realicen trabajos de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios;
3. Los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función;
4. Quienes sean mayores de 70 años.

En atención al contenido del numeral 3 del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, observa este Juzgador que el motivo alegados por la ciudadana Johana del Valle Núñez se subsumen en el ordinal 3 de la citada norma legal, por lo que insistir este Tribunal en que la referida ciudadana integre este Tribunal como Mixto, sería generar un riesgo a la salud de su hija infante por lo que este Tribunal acuerda su exclusión de la lista de candidatos a escabinos que resultaron seleccionados en el sorteo celebrado en fecha seis (06) de Diciembre del año dos mil once (2011), todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la excusa presentada por la ciudadana Johana del Valle Núñez titular de la cédula de identidad Nro 15.936.492, y en consecuencia se acuerda su exclusión de la lista de candidatos a escabinos seleccionados mediante sorteado celebrado en fecha seis (06) de Diciembre del año dos mil once (2011), todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 154 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, a la ciudadana Johana del Valle Núñez y líbrese oficio a la oficina de Participación Ciudadana informando del contenido del presente fallo. Cúmplase.-
El Juez Tercero de Juicio.

Abg. Samer Romhain Marín.

La Secretaria.

Abg. Fabiola Bauza.-