REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintisiete (27) de febrero de dos mil doce (2012).

201° y 153°

Vista la diligencia de fecha veintitrés (23) de febrero de dos mil doce (2012), estampada por la abogada VICTORIA ÁLVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 130.598, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa FARMATODO, C.A., mediante la cual desiste del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad y solicitud cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contentivo de Certificación de Enfermedad Ocupacional de la ciudadana DEUDELYS CARRILLO, en virtud de que en fecha 16 de febrero de 2012, en los Tribunales de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Charallave, se llegó a un acuerdo transaccional por enfermedad ocupacional, entre su representada y la ciudadana DEUDELYS CARRILLO, antes mencionada, por el monto de Bs. 120.000,00, el cual en esa misma fecha fue debidamente homologado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda. Este Tribunal lo da por consumada, y en consecuencia homologa dicho desistimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.

Remítase el presente expediente a la Oficina respectiva.
EL JUEZ PROVISORIO


EL SECRETARIO,





Exp. No. 006903
NEYER