ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-006264
PARTE ACTORA: FRANK EDUARDO ANGEL BRICEÑO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: no asistió
PARTE DEMANDADA: LA CANTINA X KILO GOURMET
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: no asistió
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, dos de febrero de 2012, siendo las 9:00 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, este Juzgado deja expresa constancia que la parte actora, ciudadano FRANK EDUARDO ANGEL BRICEÑO titular de la cedula de identidad V- 15.481.198, no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; así mismo la parte demandada LA CANTINA X KILO GOURMET no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.


La Juez

Luisa Rosales
La Secretaria

Luisana Cote


Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.



La Secretaria

Luisana Cote