REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 10 de febrero de 2012
201° y 152°

Vista la diligencia de fecha nueve (09) de febrero de 2011, suscrita por el abogado Juan de Dios Niño, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad civil Aguaje & Asociados S.C. 2005, en la cual se da por notificado del auto dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha treinta (30) de enero de 2012, y solicita dejar sin efecto la comisión librada al Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia a los fines de practicar la respectiva notificación, este Tribunal acuerda lo solicitado por lo tanto deja sin efecto la mencionada notificación.
Asimismo, este Tribunal abre el lapso de cinco (5) días de despacho a que se contraen los artículos 350 y 351 del Código de Procedimiento Civil a los fines de la sustanciación de las cuestiones previas opuestas por la parte demandada.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus



BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-G-2007-000007